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CONTEXTO HISTÓRICO DEL ARTE MUDÉJAR: FACTORES ECONÓMICOS Y SOCIALES

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CONTEXTO HISTÓRICO DEL ARTE MUDÉJAR: FACTORES ECONÓMICOS Y SOCIALES

Introducción

El término múdejar, que deriva del árabe mudayyan   (“aquel a quien ha sido permitido quedarse”), fue utilizado por vez primera con significado artístico por José Amador de los Ríos en el año 1859 en su obra El estilo mudéjar en arquitectura, pronunciada como discurso de ingreso en la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando de Madrid. Aunque han proliferado los intentos de sustituir el término mudéjar por otras denominaciones, se ha consolidado en la historiografía para designar un fenómeno artístico que es privativo del arte español: la pervivencia del arte islámico en España tras la conquista cristiana de al-Andalus.



Cuando los reinos cristianos de España inician a partir del siglo XI la paulatina recuperación de las ciudades dominadas por el Islam (Toledo, 1085), se encuentran con el problema de la dificultad de la repoblación de los núcleos urbanos reconquistados, por lo que, con gran sentido pragmático y de tolerancia religiosa, se autorizó a los vencidos a permanecer en territorio cristiano, conservando la religión islámica, la lengua árabe y un estatuto jurídico propio. Hasta el año 1502 no fueron obligados a convertirse en la corona de Castilla, decisión que se retrasó hasta 1526 en la corona de Aragón. Estos moros o mudéjares, una vez convertidos, son conocidos con el nombre de moriscos. Todavía permanecieron en territorio español hasta su definitiva expulsión en los años de 1609 y 1610, ya en el reinado de Felipe III.

Aunque se ha evitado aludir al papel que los moros o mudéjares desempeñaron en la creación del arte mudéjar, para evitar connotaciones étnicas en la caracterización del arte mudéjar, es obvio que los maestros de obras moros tuvieron una participación decisiva. Aunque el nacimiento del arte mudéjar no hubiera sido posible de no haber contado con la admiración y fascinación de la población cristiana por el arte islámico. Se olvida con frecuencia que la práctica habitual de la reconquista española dedicaba la mezquita mayor de la ciudad para catedral, con una sencilla ceremonia de purificación y consagración, y que el patrimonio real se acrecentaba con la posesión de los alcázares musulmanes, que se convertían en palacios reales cristianos, muy apreciados por los monarcas castellanos y aragoneses. Por esta razón se ha podido conservar gran parte del arte islámico en España. Este sentido del gusto por el arte islámico sólo cambia a partir del emperador Carlos V (nuevos edificios para los cabildos eclesiástico y civil de Sevilla, palacio del emperador en la Alhambra).

Así pues, el mudéjar es un fenómeno de carácter cultural, consecuencia de las particulares condiciones políticas, religiosas y sociales de la España medieval, en la que se produjo una larga convivencia de las tres religiones del Libro: cristiana, islámica y judía.

En tal contexto, y con numerosos monumentos islámicos dominando el panorama urbano de las ciudades españolas, no es de extrañar el nacimiento y desarrollo el arte mudéjar, es decir, la pervivencia del arte islámico al servicio de los nuevos señores cristianos.

No cabe duda de que los conquistadores cristianos estaban deseosos de dejar muestra de los estilos occidentales europeos, románico y gótico, en las ciudades tomadas al Islam; pero múltiples condicionamientos frenaban notablemente este impulso de desarrollo del arte occidental. Frente al sistema de trabajo de cantería de la arquitectura románica y gótica, que exige abundancia de este material y una mano de obra especializada, la arquitectura mudéjar va a oponer un sistema de trabajo diferente, que utiliza materiales propios del terreno, como el ladrillo, el yeso, la madera, la cerámica, de más fácil obtención, a lo que se añade la existencia de una mano de obra mudéjar disponible. Sin entrar en apreciaciones de carácter económico, existía una alternativa de sistema de trabajo, a través del cual pervivió la tradición artística islámica en los monumentos cristianos españoles.

Con frecuencia, en la valoración del arte mudéjar se ha puesto el énfasis en el aspecto ornamental, afirmando que lo mudéjar se reduce a un simple revestimiento decorativo de estructuras y tipologías arquitectónicas cristianas. A esta valoración hay que oponer dos serias objeciones: de un lado, que la ornamentación es un principio básico del arte musulmán, donde no tiene el carácter adjetivo y secundario del arte occidental europeo, sino que constituye la esencia del arte islámico; de otro lado, que el mudéjar no consiste exclusivamente en algo ornamental, ya que aportó a la arquitectura cristiana soluciones estructurales importantes, particularmente en todo el sistema de armaduras de madera, con el que se solucionó el sistema de cubiertas de muchos monumentos, sin requerir un sistema tan complejo de contrarrestos como la arquitectura gótica.

Otra de las dificultades para una correcta comprensión y valoración del arte mudéjar en España es su enorme diversidad formal, que se debe tanto al influjo de los diferentes precedentes islámicos de cada región española como a la diferente cronología, propiciada por las etapas históricas de la reconquista entre los siglos XII y XV.

Finalmente, otro de los problemas historiográficos del arte mudéjar es el de su adecuada inclusión dentro de la historia del arte, ya que no pertenece a la historia del arte islámico, puesto que ha concluido el dominio político musulmán, pero tampoco forma parte del arte occidental europeo, ya que su raigambre artística islámica resulta incontestable. Se trata de un fenómeno único, privativo del arte español medieval, tal vez, como dijera Menéndez Pelayo, el único estilo artístico de que podemos envanecernos los españoles.

A lo largo de este trabajo no nos referiremos de forma específica al arte mudéjar, sino que nos centraremos en el marco histórico-geográfico donde tiene lugar su nacimiento y difusión, prestando el grueso de nuestros esfuerzos al esbozo de lo que fueron las comunidades mudéjares de Castilla y Aragón; posteriormente, en un segundo apartado intentaremos abordar como las formas artísticas de estas comunidades fueron adoptadas por los cristianos desarrollando lo que hoy conocemos como Arte mudéjar.

Historia de las Comunidades Mudéjares

La conquista cristiana no eliminó a los pobladores musulmanes; sin duda, la aristocracia económica, política o cultural de las tierras ocupadas en el siglo XIII abandonó Castilla y buscó refugio en Granada o en el norte de África, pero la masa de los campesinos permanecieron en el reino; según señalan autores como el profesor José Luis Martín[1]. En algunos casos se convirtieron a la fe de los vencedores y fueron asimilados; en otros mantuvieron sus creencias, su propia organización y formaron aljamas o barrios musulmanes, cuya presencia se halla atestiguada en numerosos lugares de Castilla hasta finales del siglo XV y comienzos del XVI, años en los que había en el reino, distribuidos entre unas 90 aljamas, aproximadamente 20.000 mudéjares sin incluir a los granadinos.

A pesar de las diferencias religiosas y de las trabas que la legislación castellana ponía a la expansión de este grupo, su importancia social era tan reducida que rara vez fueron molestados por los castellanos, ni siquiera durante las numerosas guerras contra sus correligionarios granadinos. Los Reyes Católicos no tuvieron inconveniente en conceder a los mudéjares expulsados de Portugal en 1497 un permiso de residencia, hechos que demuestran que “la religión por sí sola no era suficiente para crear el odio de los castellanos contra las minorías y que prueban que la identificación comunidad-fe no puede explicar ni la expulsión de los judíos en 1492 ni la de los moriscos en 1502”[2].

Cuando no existen problemas sociales, rivalidades económicas o dificultades políticas, las diferencias religiosas son una traba para el desarrollo y la plena libertad de las minorías, pero de ningún modo desembocan en matanzas, conversiones forzadas o expulsión; a la inversa, la simple conversión no anula los problemas: convertidos los judíos, el odio hacia ellos persiste y se prolonga durante gran parte de la Edad Moderna a pesar o quizá debido a la Inquisición, nacida para combatir a los conversos, cuya posición social sigue preocupando a los castellanos.

La actitud general de los soberanos de la Península fue expresada por Alfonso X en las Partidas. Los judíos y moros debían seguir “guardando su ley et non (…) denostando la nuestra”. Si se encontraban con el Santísimo por la calle, debían arrodillarse como los cristianos. “(…) si esto no quisiere facer, mandamos que se tuelga de la calle (…)”. Si no se obedecían estas disposiciones, incluso en el caso de faltas repetidas, el castigo no debía ser excesivamente severo, “por que los judios et los moros non puedan decir que les facen mal a tuerto en nuestro señorio”. El precio de la sangre de cualquier musulmán debería ser pagado por la ciudad donde se había cometido el crimen a la comunidad musulmana local, y, en caso de un judío, a la Corona.

Cuando los cristianos intentaban evitar el pago de sus deudas a los acreedores judíos, alegando usura, generalmente no encontraban el apoyo de sus gobernantes, que necesitaban la ayuda financiera judía. Jaime I de Aragón obligó repetidamente al pago de deudas a los judíos, junto con los intereses debidos, que podían ser compuestos conforme pasaban los años. En Castilla la situación era la misma. En 1307, cuando el cabildo de la catedral de Toledo, siguiendo el derecho canónigo, trató de obligar a los judíos de la ciudad a devolver los intereses que reclamaban, Fernando IV prohibió el uso de las cartas papales por deudores cristianos, y dijo al cabildo que tendría que pagar doble por cualquier suma que arrancara con extorsión a los judíos.

En la Corona de Aragón –la única de la Península donde operaba la Inquisición en la Edad Media- ésta no se preocupó de los mudéjares, y muy poco de los judíos. Cuando en 1323 un inquisidor empezó a inmiscuirse en asuntos de los judíos de Lérida, Jaime II le dijo: “Esto es destruir nuestras Leyes so capa del crimen de herejía”.

A pesar de la relativa tranquilidad en que vivían las comunidades mudéjares la situación era en muchos sentidos diferente de la de las comunidades judías de España, aunque, como los judíos, los mudéjares poseían un autogobierno con bastantes derechos. Los judíos tenían dirigentes cuyas familias habían gozado de la riqueza y el saber durante siglos. Tenían destacados financieros y doctores, los cuales eran admitidos en todas las Cortes reales y en la mayor parte de los Palacios Episcopales, como habían sido recibidos en las Cortes de la España musulmana. En contraste, los mudéjares tenían pocos jefes, según destaca el profesor Hillgarth[3].

La aristocracia árabe de al-Andalus y los principales intelectuales, los doctores de la ley, generalmente se negaron a vivir bajo la dominación cristiana, y emigraron a Granada o al norte de África. Algunos artesanos de al-Andalus hasta llegaron a Egipto y muchos más abogados andalusíes se trasladaron allí. El pequeño número de eruditos musulmanes acogidos al mecenazgo de Alfonso X o de los reyes de Aragón no podía llenar el vacío dejado por la emigración de los dirigentes naturales de un pueblo. Las pocas inscripciones arábigas que han quedado, puestas por los mudéjares de Toledo o Ávila, muestran que las fórmulas epigráficas eran todavía correctamente transmitidas; pero esas inscripciones son muy pobres comparadas con las de la España musulmana anterior o las de las comunidades judías contemporáneas. En Valencia los señores mudéjares siguieron teniendo preeminencia hasta el fracaso de la sublevación del decenio de 1270; después de esto se extinguieron.

Ocasionalmente se encuentran figuras como las de Juan Martínez Omar, probablemente un mudéjar bautizado, quien desempeñó un papel importante al guiar las maniobras militares de Alfonso XI contra los reyes de Marruecos y Granada en el decenio de 1340. Jaime II de Aragón poseía similares agentes musulmanes en Valencia, quienes envían espías a Granada, y en 1321 había infanzones entre los musulmanes de Daroca; pero es a todo lo más que llegó la jerarquía social entre los mudéjares.

Había muchas comunidades mudéjares. En Castilla La Vieja se han llegado a relacionar cincuenta y cinco comunidades urbanas del siglo XIII, a la que debemos unir los musulmanes que vivían fuera de las aljamas. Estas comunidades eran mucho menos ricas que las aljamas judías de Castilla: en 1293-1294 los mudéjares de Sevilla pagaron sólo 5.500 maravedís, a diferencia de los 115.333 aportados por los judíos de la ciudad. Los mudéjares de Murcia eran particularmente importantes. Necesitaban protección de la Corona, y la recibían. En 1305 Fernando IV reconoció “los muchos y grandes servicios que prestan”. Con la esperanza de atraer más mudéjares de Granada o Aragón, garantizó a los musulmanes murcianos libertad para viajar y para nombrar sus propios funcionarios. Los casos judiciales contra ellos serían juzgados tan sólo por jueces musulmanes. Este privilegio fue confirmado por reyes posteriores, hasta los Reyes Católicos.

En la Corona de Aragón había una población mudéjar mucho más numerosa. Los mudéjares del Aragón propio y de Valencia fueron llamados al servicio militar contra los franceses en 1285 y contra los nobles rebeldes en 1347. En 1241, en Castilla, los obispos de Cuenca y de Sigüenza se indignaron con razón cuando fueron arrestados de repente por el comandante de Uclés, de la Orden de Santiago, y una tropa de arqueros mudéjares al servicio de la Orden. Los mudéjares aparecían con papeles decorativos en los fastos reales. Cuando el infante Pedro, heredero de la Corona de Aragón, llegó a Toledo en visita oficial en 1269, entró precedido por cien trompeteros y juglares mudéjares, sin duda contratados para la ocasión. Juglares mudéjares aparecieron ante la Corte de Pedro y la de Sancho IV de Castilla.



El papel desempeñado por los mudéjares en la sociedad se echa de ver mirando de forma particular el caso concreto de algunas ciudades:

-Sevilla. En el caso sevillano la mayoría de la población mudéjar fue obligada a abandonar la ciudad, pero existe constancia de la pervivencia de sus industrias de jabón, cerámica y tejidos después de la conquista de 1248, por lo que debieron de seguir trabajando en estos ingenios como asalariados. De igual forma debió ocurrir con otros sectores económicos como el cultivo del olivo, la morera, el algodón o la caña de azúcar. Asimismo, existe constancia en los documentos de Sevilla de la presencia de doctores mudéjares, así como de algunos rentistas, constructores, tejeros y herreros; estando documentada la presencia de albañiles mudéjares en las obras de la catedral de 1306.

-Burgos. En Burgos se constata la existencia de una aljama desde el siglo XII; que iría creciendo con el paso del tiempo. La comunidad mudéjar burgalesa tendría especial relevancia en sectores como la construcción y muy especialmente la carpintería y el trabajo de la huerta. Asimismo ocuparon puestos importantes en diversos gremios de la ciudad, como es el caso del de zapateros, y pudieron incluso contratar mujeres cristianas para diversos trabajos hasta la prohibición de este hecho en 1484. El monasterio de Las Huelgas contaba con numerosos trabajadores mudéjares, que vivían dentro del recinto desde 1304, de ahí quizás las muestras de su curioso arte.

-Ávila. En Ávila existe asimismo una importante comunidad campesina mudéjar que vivirá del alquiler de tierras, viñas y molinos a los cristianos, existiendo continúas disputas por negarse a pagar el diezmo del producto de estas actividades a la Iglesia. En el siglo XIII se documentan hasta tres aljamas en Ávila, de tal forma que en 1255 los mudéjares forman el grueso de la tropa que la ciudad envía al Rey Alfonso X, y en 1306 el número de arrendatarios mudéjares y judíos iguala al de los cristianos.

-Valencia. En Valencia existía una especial profusión de mudéjares, dada la naturaleza pactista de la conquista del reino en 1232-1245 por parte de Jaime I. Esto daba a las comunidades mudéjares gran libertad y autonomía, lo que permitirá su florecimiento dentro del nuevo contexto de la región. Estas comunidades se especializarán en el trabajo de la huerta, así como en la producción de cerámica, seda y plata. Una característica particular del caso valenciano será la vinculación de ciertas comunidades mudéjares a la servidumbre de un señor a raíz de diversas cartas pueblas otorgadas en el siglo XIII, con el fin de afianzar la conquista. La situación de estas comunidades empeorará en los siglos XIV y XV con el aumento de tributos y servidumbres, lo que motivará diversos conflictos en ambientes rurales que llegarán hasta la Revuelta de las Germanías (1526).

Corona de Aragón

En cuanto a los mudéjares, según resalta Enric Guinot Rodríguez[4], su presencia en la Baja Edad Media en la Corona de Aragón es mucho más importante que en la vecina Castilla, si bien su distribución es bastante desigual entre cada una de las regiones. El peso demográfico lo tienen en el reino valenciano, donde se verían alcanzados por la población cristiana en el primer tercio del siglo XIV, para convertirse en alrededor de un tercio durante el resto de la época bajomedieval. Su presencia es muy mayoritariamente rural, con una distribución por buena parte de las comarcas excepto en las del norte de Castellón, y siendo más concentrada su población en las comarcas interiores de la actual provincia de Valencia y en todo el interior y las montañas de Alicante. Una parte reducida de los mudéjares vivió en morerías urbanas, pero pocas de ellas son una continuidad de la población musulmana anterior, como el caso de Elche o Segorbe, pues la mayoría son reasentamientos del siglo XIII cuando no posteriores, tanto en la ciudad de Valencia como en Játiva, Alzira, Castellón y Orihuela. La morería de la ciudad de Valencia fue siempre bastante reducida de población, y no sobrepasó por lo general las 150 familias, y lo mismo pasa en Castelló u Orihuela. Tan sólo en las citadas Elche, Segorbe y Játiva las morerías urbanas llegaron a representar entre un tercio y la mitad de sus vecinos, en esta época.

En el caso de Aragón su población mudéjar también debió de tender a la baja a lo largo del siglo XIII, pues para el trescientos se ha calculado su número en un 20% aproximadamente de sus habitantes y a finales del siglo XV eran tan sólo el 11%, poco más de 5.500 familias. Su distribución mayoritaria también se dan en las zonas rurales y situadas al sur del río Ebro, las comarcas entre Tarazona, Daroca y el citado río, especialmente los valles del Jalón, Jiloca, Huerva y Martín, aunque la historiografía aragonesa siempre ha destacada notablemente las funciones económicas y artesanales especialidazas de algunas morerías urbanas: Zaragoza, Huesca, Teruel, Barbastro, Calatayud, etc. En todo caso, y tal como ocurre en el reino valenciano y en el resto de la Corona, se trata de una población que perdió sus elites políticas y culturales cuando las conquistas cristianas, por lo que la continuidad de este mundo mudéjar siempre sufrió por la carencia de un sector social que pudiese tener una función dirigente clara, como ya señalábamos.

En contraste con lo anterior, la población mudéjar catalana fue mínima, resumida en unas cuantas comunidades rurales en la comarca de Tortosa y en la zona entre la ciudad de Lérida y el reino de Aragón, sin que llegaran a sumar más de 10.000 personas en toda esta época, un número y una ubicación que prácticamente los hacía invisibles en el contexto del Principado. Por su parte el caso de Mallorca es también peculiar, pues la población musulmana existente en los siglos XIV y XV es toda ella esclava, sin que se den casos de continuidad de comunidades rurales desde los años de la conquista. Es por ello que estos musulmanes de las Islas Baleares son fruto, sobre todo, del mercado humano de la época.

En la práctica los mudéjares de la Corona de Aragón coinciden en muchas realidades sociales con los judíos, pues fueron vistos y tratados como un colectivo diferente por los poderes cristianos, y por ello fueron también víctimas fáciles de las tensiones sociales. Su organización era también en aljamas, lo que permitió el mantenimiento de un parcial ámbito de identidad socio-religiosa, en el que sus alfaquíes y alcadíes podían aplicar la ley musulmana en sus pleitos internos, así como las tradiciones de herencia, matrimonio y sociabilidad. Es éste un aspecto, el de las estructuras familiares de los mudéjares basadas en grupos familiares extensos, fundamental para entender el doblamiento, la organización del terrazgo, la vida social y la mentalidad diferenciadas de los musulmanes de la Corona de Aragón bajomedieval, aunque sean temas muy poco estudiados tradicionalmente por una historiografía bastante descriptiva.

A este mantenimiento de una identidad propia contribuyó igualmente la continuidad de la práctica de la religión musulmana y la existencia de mezquitas y alfaquíes, aunque en los entornos urbanos y con el paso del siglo XV se produjeron claros ejemplos de presión cristiana hacia su invisibilidad. Aunque se puede decir que no existió una política consciente de conversión por parte de la Iglesia, en los comportamientos populares fue bastante común esta idea, tal como se vio en el asalto a la morería de Valencia en 1451 o en los definitivos bautizos forzados en tiempos de las Germanías, ya en el siglo XVI. También contribuyó al mantenimiento de su identidad el uso generalizado de la lengua y la onomástica árabe entre ellos, más evidente en el caso valenciano y no tanto en el aragonés. A pesar de esta aculturación, llama la atención el hecho de que en los procesos de la Inquisición del siglo XVI sean habituales los testimonios de moriscos que tan sólo hablaban árabe en una época tan tardía, y después de todas las presiones que habían sufrido.

Los mudéjares de la Corona de Aragón vivieron mayoritariamente en comunidades rurales y dedicados a la actividad agraria, lo que contrasta radicalmente con el mundo judío, y ello se debe a que en las conquistas cristianas de los siglos XII y XIII se eliminó totalmente la sociedad urbana andalusí. Se trata pues de un campesinado pobre, aunque parte de él trabaje en medio de huertas ricas y continué con la tradición de los sistemas hidráulicos andalusíes, pero ya desde el principio del siglo XIV todas estas aljamas rurales cayeron definitivamente en manos señoriales, tanto en Aragón como en Valencia, pues estaba sometidas a una mayor fiscalidad que sus vecinos cristianos y eran por ello objeto del deseo de la nobleza feudal. En realidad, la situación del campesinado mudéjar de la Corona de Aragón durante los siglos XIV y XV tendió a acercarse de facto a la situación de un campesinado adscrito a la tierra, sometido a exacciones personales y gravado en un amplio abanico de rentas e impuestos. En este contexto no es extraño que existiese un notable conflicto latente entre musulmanes y cristianos, si bien no llegaron a darse revueltas generales contra el poder feudal. Probablemente ello se debe a que el poder feudal siempre quiso interpretar cualquier resistencia campesina mudéjar como una rebelión islámica contra el conjunto de la sociedad cristiana, con lo que fue más fácil mantener la hostilidad contra ellos de esta sociedad.

En el medio urbano sí se dedicaron a otras actividades económicas, por ejemplo las relaciones comerciales, especialmente con el Magreb y Granada, lo que permitió la existencia de un muy reducido núcleo enriquecido, del cual salieron los personajes que ejercieron de oficiales al servicio de la Corona, pero quizá por ser más visibles han recibido mayor atención historiográfica de la que les corresponde. En estas otras actividades se suele destacar también el sector minoritario de artesanos mudéjares de algunas morerías urbanas, especialmente en Aragón, por ejemplo los caldereros de Huesca, y los albañiles del arte mudéjar, y es el caso de los alfareros muy especializados de Paterna y Manises, aunque no deja de ser significativo que no se haya incluido entre ellos a los mudéjares explotados en los ingenios azucareros de Gandía y su comarca durante el siglo XV. Igualmente es usual encontrarlos trabajando como muleros a lo largo de los caminos de la Corona.

Con el paso del siglo XIV al XV y las alteraciones demográficas de la época fueron a más las restricciones de movimientos que sufrieron, se aprobó la legislación real para su control, se evitó la emigración por ser mano de obra fácil de explotar y aumentó la fiscalidad feudal. Ello llevó a aprobar en las Cortes y por medio de mandamientos reales diversas medidas segregacionistas, más estrictas en cuanto a la separación de los barrios y las viviendas, prohibición de viajes sin permiso, tanto al extranjero como dentro de cada reino, pues se intentaba evitar el desdoblamiento de los señoríos más duros; se pusieron límites a la práctica religiosa islámica, espeialmente en las poblaciones mixtas –por ejemplo, en Segorbe se prohibió a los alfaquíes llamar a la oración en 1381-, e incluso se llegó a imponer la obligación de llevar signos distintivos exteriores sobre la ropa, y que ésta y los peinados fueran claramente distintos de los cristianos. Y, tal como se había acostumbrado desde el siglo XIII, se continuó condenando a muerte a cualquier musulmán que tuviese relaciones sexuales con cristianas, buena prueba de las dificultades para conseguir el encuentro de los pueblos. Todo ello no obsta para que, tanto en Aragón como en Valencia, fuese usual y cotidiana la presencia de musulmanes en las calles y mercados de las poblaciones cristianas, los acuerdos de pequeños negocios entre ellos y, en su caso, la contratación laboral; se han documentado asimismo ejemplos de convivencia pacífica entre familias concretas, de relaciones de amistad y buena vecindad, pero ello no obsta para que las relaciones globales cristianos-mudéjares sean de una clara discriminación contra los segundos.

Corona de Castilla

En comparación con la población de religión judía, los musulmanes que vivieron en la Castilla de la Baja Edad Media fueron un colectivo bastante reducido y disperso. Las conquistas del siglo XIII del Valle del Guadalquivir y de Murcia habían incorporado inicialmente a las fronteras castellanas unas regiones con muy elevada densidad de población islámica, expulsada de las ciudades pero mantenida en las áreas rurales. Esa situación transitoria acabó radicalmente con la nueva guerra de 1264 y la expulsión general de los musulmanes, que dejó reducido su número a unos cuantos miles entre todos los reinos. Para el siglo XIV y buena parte del XV es difícil hacer un balance de su presencia, pero hasta la conquista de Granada de 1492 se podría hablar de unos 20.000 mudéjares muy repartidos en pequeños núcleos, fundamentalmente rurales o de poblaciones medias en las zonas del Guadiana, Extremadura –la más grande es la comunidad de Hornachos- y Murcia, y una serie de morerías urbanas en ciudades grandes, entre las que destacan las del Valle del Duero, como el caso de Valladolid, Burgos, Ávila, Segovia, Arévalo, Medina del Campo, Piedrahita, El Barco, y las diócesis más orientales de Osma, Calahorra y Sigüenza; en total una presencia en alrededor de 120 poblaciones, aunque con una proporción insignificante en la zona andaluza. Quizá lo más sorprendente para las imágenes habituales sea su volumen durante el siglo XV en alguna de estas ciudades castellanas, pues, por ejemplo, Ávila tenía en 1400 tres mezquitas y hacia 1490 vivían en ella unos 3.000 cristianos, unos 2.000 judíos y otros tantos mudéjares, incluidos en este caso los de las aldeas de su alfoz. En toda esta zona castellana, su origen parece claramente fruto de la inmigración posterior al siglo XII y sobre todo de la segunda mitad del XIII, después de la conquista del valle del Guadalquivir.



En Extremadura y Castilla La Mancha su presencia es sobre todo como comunidades rurales en los señoríos de las Órdenes Militares, algo en parte parecido a la situación de Murcia, donde proporcionalmente se mantuvo mayor población mudéjar, si bien casi toda rural, que vivía en señoríos y, además, con una inestabilidad mayor por la función de tierra de paso entre Granada y Valencia, el peligro de la frontera y las acusaciones de colaboracionismo con los granadinos. En cierta medida, la situación de estos mudéjares murcianos tiene bastantes similitudes con la de los existentes en la zona valenciana: comunidades rurales en el marco de señoríos y algunas morerías urbanas, en este caso no herencia de la población urbana anterior a la conquista cristiana, sino creadas como recurso de mano de obra para trabajar como jornaleros y arrendatarios en los campos de los propietarios cristianos de la huerta de Murcia. Por ejemplo, la morería de la ciudad de Murcia tan sólo reunía unas quince familias hacia 1400, elevadas a 150 personas hacia el final de la centuria.

A diferencia de las comunidades judías, su peso social fue durante toda la Baja Edad Media muy reducido, pues ni ocuparon puestos y cargos públicos, ni tampoco tuvieron una presencia en el mundo económico y financiero de la época. Ello no impidió que su situación legal y sus derechos individuales y colectivos sufrieran una degradación clara e importante a lo largo de estos dos siglos, si bien los puntuales conflictos locales en los que se vieron implicados no acabaron en una actitud global de violencia contra ellos.

Desde el punto de vista de su organización, al igual que los judíos, tuvieron un marco legal, de vida y organización propias, en cuanto que el poder real les asignó un status de vida colectiva, reunidos en aljamas con sus autoridades, con su jurisdicción y con su sistema fiscal. La diferencia más notable sería la mucho mayor proporción de mudéjares que vivieron en señoríos y sometidos a la jurisdicción señorial. Esto es, según su situación jurídica, la población mudéjar castellana estaba formada por una parte teóricamente libre, viviendo en ciudades reales y sometida al poder real, aunque no equiparada ni mucho menos en sus derechos públicos con la población cristiana, que fue sometida a un proceso de marginación legal desde la segunda mitad del siglo XIV, paralela a la que se ha explicado para los judíos; otra parte mayoritaria serían vasallos de señoríos, y existían un tercer sector que serían los esclavos y cautivos, abundantes pero fluctuante su situación, en función tanto de las guerras con Granada como por los apresamientos en el mar y en las costas del Magreb.

La población mudéjar estaba organizada en comunidades llamadas aljamas, que tenían sus propios oficiales, los jueces y alcaldes mayores, designados por el rey o por el señor, para gobernarse privadamente entre ellos según la ley coránica. En 1412 se les anuló dicho sistema y pasaron a ser juzgados por jueces cristianos, si bien según la ley islámica en los casos en que las dos partes fueran musulmanas. En general esta ley islámica estaba escrita, en esta época, ya en castellano, pues el proceso de aculturación de estos mudéjares fue bastante profundo, y en el siglo XV la mayoría hablaban y escribían defectuosamente el árabe. Junto a los alcaldes existía el consejo de viejos o “viejos de la aljama” que tenía funciones asesoras y de los primeros y era en realidad la pervivencia debilitada del sistema de organización tradicional andalusí, en el que los jefes de clanes familiares extensos tenían la capacidad de representación colectiva y gobierno, más allá de la edad que tuviese cada uno, como es lógico. A lo largo del siglo XV se creó la figura del Alcalde Mayor de las aljamas de Castilla, cargo ocupado por un mudéjar nombrado por el rey, que tenía como función juzgar los recursos de apelación de los pleitos entre musulmanes.

Fruto también del reconocimiento jurídico de su status como comunidad es la existencia de un sistema fiscal parcialmente propio, como el caso de los impuestos llamados “cabeza de pecho”, el “servicio” y el “medio servicio”; esta fiscalidad propia es bien visible en las aljamas rurales de la región murciana, donde pagan alfitrá, alfarda, almaja o diezmo, alquilate, zequí,…, todo lo cual les eximía de la mayoría de los impuestos del resto de la población; a diferencia de las comunidades cristianas, nunca tuvieron capacidad recaudatoria propia sin permiso real.

A lo largo del siglo XV la situación, sin la gravedad de los judíos, se fue haciendo cada vez más discriminatoria hacia ellos, fruto del contexto del poder, en esa época, con respecto a los grupos sociales diferentes; así, en el marco de las predicaciones de fray Vicente Ferrer por Castilla en las décadas de 1400-1410, se aprobaron diversas leyes coercitivas también contra ellos, especialmente en el Ordenamiento de Valladolid de 1412 firmado por Catalina de Lancaster: es así como se generalizó la prohibición de cambio de residencia sin permiso, y se fue ordenando periódicamente la obligación de vivir en el barrio o morería propios, separados de los cristianos. Asimismo se estableció repetidamente la obligación de llevar ropas diferentes a los cristianos; ya en 1408 se ordenó que llevasen una luneta azul sobre la ropa, a la altura del hombro derecho, como distintivo bien visible. En general se ha considerado que en los señoríos estas medidas coercitivas en la vida diaria se aplicaron una especial coerción, pero realmente los datos van indicando un claro deterioro en su condición social y de vida cotidiana a lo largo del cuatrocientos, algo por tanto no ligado directamente al desarrollo de la crisis del siglo XIV. Sirvan de ejemplo no sólo la imposibilidad de matrimonio mixto, sino la misma condena a muerte por cualquier relación sexual con cristiana, si bien en la situación contraria la pena es mínima, lo que no deja de ser un buen argumento a propósito de las relaciones de género.

En cuanto a su actividad económica, la bibliografía suele hablar y dedicar el mayor espacio a los mudéjares con oficios artesanales que vivían en el medio urbano, pero en la práctica un número considerable en las áreas rurales y, por ejemplo, los que vivían en los señoríos de las Órdenes Militares y en la zona murciana, eran simples campesinos que pagaban las rentas de la tierra. Lógicamente no eran propietarios de ésta, si bien disponían de ella en el marco de su familia y probablemente la podían vender entre ellos, pero en todo caso se trata de un campesinado pobre y explotado fiscalmente, sin que se detecte un campesinado con posibilidades de enriquecimiento, sino tan sólo de supervivencia. Efectivamente, en el medio urbano domina entre los mudéjares una actividad artesanal en condiciones de reducido nivel económico y con especialización en ciertos oficios, como el caso de la albañilería, los yeseros, los carpinteros, los alfareros, los olleros y los ceramistas; diversos oficios relacionados con el metal: herreros, caldereros, herradores, cuchilleros…, o especializados en el trabajo del esparto y la citada herrería en la zona de Murcia, aunque aquí y allá se les puede encontrar en oficios bastante diversos, si bien en corto número. Sin duda ha dejado huella el carácter especializado que adquirieron algunas familias en cuanto a la construcción y a la decoración, pero al mismo tiempo contrasta este tipo de trabajo artesanal familiar con el desarrollo paralelo de una manufactura, en la Castilla del siglo XV, como vía de riqueza y que está al margen del trabajo mudéjar. Por ello no es extraño que cuando en uno de estos ámbitos urbanos empiezan a destacar artesanos mudéjares, si compiten laboralmente con cristianos, se produzca una reacción de hostilidad laboral y gremial que se esconde bajo la capa de la cuestión religiosa. En ese sentido la bibliografía se suele recrear bastante en lo habilidosos, trabajadores y sobrios que eran estos mudéjares castellanos, cuando quizá más bien nos encontramos ante una población bastante marginada y que encuentra en ciertos resquicios la posibilidad de sobrevivir en un entorno hostil, sin que ello les evitase finalmente un destino similar al de los judíos.

Los mudéjares constituyen un problema en Castilla y en el resto de la Península sólo después de las campañas granadinas de los Reyes Católicos, que tendían a eliminar políticamente al reino, pero no a los musulmanes cuya fe y derechos fueron reconocidos en las numerosas capitulaciones firmadas entre 1484 y 1491. Aunque los acuerdos varían según se ocupen las poblaciones por asalto, después de un asedio o pacíficamente, en líneas generales se obligó a los musulmanes a ceder las fortalezas y las armas de fuego, y los monarcas se comprometieron a respetar la fe, la administración, las formas de vida y los derechos y obligaciones que habían tenido los nuevos súbditos bajo el régimen nazarí.

En las zonas ocupadas tras un asedio los habitantes fueron obligados a abandonar las ciudades y villas fuertes y perdieron sus bienes raíces, pero se les permitió emigrar, con sus bienes muebles a África, Castilla o zonas próximas situadas en lugares abiertos. En los primeros momentos y siempre que se tratara de personalidades que pudieran organizar a la comunidad o convertirse en caudillos de una revuelta, los reyes les facilitaron la marcha a África y en muchos casos pagaron los gastos, pero fueron numerosos los musulmanes que se establecieron en Castilla o en el reino de Sevilla.

Las condiciones pactadas con el “Zagal” son exponente de los acuerdos a que llegaron los reyes con los notables granadinos; sometido en 1489, el rey musulmán recibió un amplio señorío, en el que no podrían entrar los cristianos sin autorización previa y una cantidad considerable en dinero; le fue pagado el rescate de los cautivos cristianos que tenía en su poder, y se le dieron garantías de que los bienes y derechos que poseía en Granada le serían respetados. Cuando el “Zagal” manifestó su deseo de emigrar al norte de África, los reyes se apresuraron a comprar sus posesiones y a facilitar gratuitamente el paso del antiguo rey de sus familiares y servidores. Un trato similar fue dado a Boabdil tras la rendición de Granada y con él a la mayoría de sus notables.

A pesar de los acuerdos firmados, los reyes tenían interés en que emigraran los notables no sólo para desorganizar la sociedad y evitar cualquier resistencia, sino también para establecer en el reino a núcleos de pobladores castellanos: nobles que reciben tierras como premio a su participación en la conquista y grupos de campesinos que sirven de contrapeso a la población musulmana y que en caso de revuelta pueden defender el reino. El número de estos repobladores ascendió, entre 1485 y 1498, a 35.000 o 40.000 personas. Cabe suponer que los roces entre los vencedores y los vencidos serían frecuentes y llevarían en algunos casos a prescindir de lo acordado en las capitulaciones.

Hacía 1498 el malestar de los mudéjares por los abusos cometidos y por el incumplimiento por parte de la Corona de lo estipulado, especialmente en lo que se refería a no poner más impuestos de los que pagaban bajo el dominio musulmán era evidente; el malestar se agravó al enviar los Reyes al cardenal Cisneros a Granada para acelerar la conversión de los musulmanes al cristianismo. La sublevación que siguió a la presencia de Cisneros fue sofocada militarmente y los musulmanes fueron obligados a convertirse, a pesar de lo cual las diferencias entre castellanos y granadinos continuaron y darían lugar al problema morisco del mismo modo que la conversión de los judíos sólo había servido para enmascarar el problema social que planteaba su presencia en Castilla.

Para comprender la interpretación cultural de las sociedades judía, musulmana y cristiana en la Península es necesario examinar muchos tipos de evidencias: lingüística, institucional, artística, literaria y religiosa. Dadas las limitaciones del presente trabajo, para ello remitimos a la obra ya citada del profesor Hillgarth[5].

Factores sociales y económicos del arte mudéjar

Una vez señalado el marco histórico en que se desarrollan las comunidades mudéjares en la Península Ibérica tras la Reconquista, debemos dedicar unas líneas a ver como una determinada seña de identidad de su cultura, esto es, el arte, es adoptado y asimilado por la mayoría dominante cristiana en un proceso interesantísimo y singular que aún hoy no se comprende de forma clara en su totalidad.

En un primer momento, justo tras la conquista, las necesidades constructivas no resultaban especialmente imperiosas, y solían reutilizarse antiguos edificios musulmanes como lo atestiguan diversos ejemplos; y en el caso de pequeñas construcciones que tienen lugar en años venideros suelen adoptarse dentro los condicionamientos del momento, las soluciones constructivas dominantes en el mundo cristiano, románico, o muy especialmente gótico. De hecho, la adopción de formas musulmanas en este primer momento resulta muy escasa y sólo de forma marginal, y no es hasta el siglo XIV, con monarcas como Pedro I o Enrique II de Castilla, cuando el arte mudéjar comienza a cobrar fuerza por sí mismo, como señala la profesora Jordano en su estudio del caso cordobés[6].

Tradicionalmente se vienen apuntando como condicionantes para la adopción de este arte por parte de los cristianos los de carácter económico, pues se supone que el trabajo de estos artesnos mudéjares es más barato en sí mismo que el de los especialistas cristianos, amén del uso de unos materiales presumiblemente más baratos como son ladrillo, yeso o madera. Este planteamiento, extremadamente simplista, resulta hoy absolutamente desvasado, pues numerosos testimonios ponen en cuarentena sus principios más básicos. De esta forma en el mudéjar cordobés, el uso de la cantería, heredera de una tradición de épocas anteriores, hacía evidentemente una obra más costosa, como señala la profesora Jordano[7]; de igual modo que considerar que a un artesonado mudéjar como solución económica no responde esencialmente a la verdad. Esto no es óbice para considerar las ventajas del trabajo del ladrillo como una innovación importante que pronto es evidenciada por los cristianos, pero su adopción de forma clara en trabajos de gran envergadura, con gran coste, no es sino una muestra de una aceptación intrínseca por parte de las elites de poder cristianas que lo han asimilado como suyo. Este proceso de aceptación, como cualquier hecho de índole cultural es esencialmente complejo, y aquí no intentaremos sino mostrar algunas de sus claves más evidentes, para una consideración más a fondo se recomienda la lectura del capítulo “Factores sociales y económicos del arte mudéjar” de la obra del profesor Borrás Gualis .



Como señaló Azcárate, los factores económicos son “fáctores que contribuyen a su asentamiento y difusión”, pero que, sin embargo, “no justifican por sí mismos la creación de un estilo”. De esta forma, si habláramos de una solución de carácter únicamente económico hubiese sido de forma circunstancial, y no se desarrollaría hasta extremos tan importantes.

Estos factores económicos en sí mismos no son suficientes para la aceptación por parte de los cristianos de un estilo con el que tenían cierta familiaridad pero que les era en esencia extraño, pero si que en cierto modo podrían convertirse en soluciones en momentos concretos y determinados. Aparte de esto, debemos considerar que entre los nuevos pobladores cristianos pocos conocían en arte de la construcción, y la mayoría venían buscando tierras donde asentarse y crear un linaje en la nueva frontera, donde las circunstancias podían hacer valer los méritos personales del individuo en una sociedad aún en construcción.

En este contexto debemos considerar la escasez de cuadrillas cristianas, a la par que antiguos constructores musulmanes, de gran tradición en lugares como Castilla la Vieja y el valle del Ebro, eran una solución adecuada, a la par, que, como señala el profesor Borrás Gualis[9], se encontraban mejor organizadas en el aspecto laboral, destacando elementos como la división y especialización de trabajos o el reparto selectivo de encargos, que indudablemente contribuían a un resultado de mejor factura.

De que forma esta solución inicial acaba convirtiéndose en un componente propio de la nueva sociedad surgida de la Reconquista es algo extremadamente difícil de determinar, más aún en un campo como el medieval donde tan poco se han desarrollado las disciplinas de Historia Social, lo que sí observamos en cualquier caso es como a raíz del siglo XIV monarcas y nobles adoptan la nueva estética desarrollándola de forma espectacular en palacios y demás construcciones por ellos patrocinadas, capillas o conventos.

A raíz de esta aceptación entre las altas capas pronto la Iglesia, si bien en principio de forma reticente, acaba adoptando estas formas para sus construcciones, en opinión de MS Carmen Fraga, motivada por un factor económico claro.

En siglos posteriores, incluso en la Edad Moderna, este arte es adoptado asimismo por las capas bajas de la sociedad, y observamos un gran desarrollo a lo largo del siglo XV y XVI, adoptando formas mixtas con componentes de tradición cristiana, estando en este momento ante una aceptación total de estas formas, que si bien de tradición islámica debemos considerar ya cristianas, totalmente distintas a las poblaciones mudéjares sensu stricto.

De hecho, el profesor Miguel Ángel Ladero Quesada, ya advertía en el  Simposio de Mudejarismo de Teruel en 1975, que “conviene evitar confusiones entre dos series de hechos que no siempre se pueden superpone: uno, los restos y testimonios del mudejarismo artístico; otro, la realidad de los mudéjares como grupo social exiguo”. En este sentido, debemos considerar ya a estas alturas el estilo mudéjar como componente del bagaje cultural propio de la sociedad surgida tras la Reconquista, sociedad de frontera compuesta por multitud de influencias, donde la forma de construir pronto se bautiza y se sacraliza considerándola como propia, de hecho se conocen miembros de estas cuadrillas de trabajo en el siglo XVI de sangre cristiana vieja; en cierto modo también es este el hecho que permite ver como la misma sociedad que construía según este estilo era quién marginaba y llegaba a expulsar a las comunidades origen del mismo en 1609.

Conclusión

A lo largo de este trabajo hemos intentado esbozar la vida en las comunidades mudéjares de Castilla y Aragón de una forma objetiva, estableciendo una serie de líneas generales basadas en hechos fehacientes, plenamente comprobados y sometidos al más riguroso de los análisis historiográficos, derribando ideas falsas que en muchos casos han dominado nuestra visión acerca del tema.

Posteriormente, nos hemos acercado, siguiendo las ideas de reputados especialistas como el profesor Borrás Gualis, al proceso según el cual las comunidades de repobladores cristianos acaban adoptando las formas artísticas de estos marginados sociales que finalmente acaban imponiendo culturalmente sus formas artísticas en la nueva sociedad triunfante.

Esta adopción de formas, cuyo proceso es sumamente complejo, y aún hoy su conocimiento es muy parcial y debemos ser cautos a la hora de su consideración, es la clave a la hora de valorar el mudéjar. De una sociedad en construcción, de frontera, una elite dominadora adopta formas y sistemas de una de las minorías vencidas, las desarrolla y las lleva a su máxima expresión adaptándolas a nuevas influencias y a su propia tradición, surgiendo un nuevo arte que pronto se expande entre otras capas de la sociedad. Este proceso, tan complejo, es en su origen donde nos hemos detenido, viendo aquellas comunidades en donde primero se desarrolla.

Estas comunidades vivirán o más bien co-habitarán con los cristianos vencedores, influenciándose mutuamente, aunque en desigualdad manifiesta, y fruto de esto será este arte que se incorporará al bagaje cultural de la nueva sociedad que se conforma en cada una de las fronteras que los reinos cristianos fueron teniendo a lo largo de su historia.

BIBLIOGRAFÍA

-AAVV, Historia del Arte, vol. 8: El Islam. India y el Extremo Oriente, Editorial Salvat, Madrid, 2005

-BORRÁS GUALIS, G. M., El arte mudéjar, Instituto de Estudios Turolenses, Zaragoza, 1990

-GUINOT RODRÍGUEZ, E., La Baja Edad Media en los siglos XIV-XV. Economía y Sociedad. Editorial Síntesis, Madrid, 2003

-HILLGARTHM, J. N., Los reinos hispánicos, 1250-1516. 1.-Un equilibrio precario: 1250-1410; Ediciones Grijalbo, Barcelona, 1979

-JORDANO BARBUDO, M. A., El Mudéjar en Córdoba, Imprenta Provincial, Diputación de Córdoba, Córdoba, 2002

-MARTÍN, J. L., La Península en la Edad Media, Editorial Teide, Barcelona, 1976

-MARTÍN, J. L., Historia de España, vol. 4: Baja Edad Media. De la Reconquista a los Reyes Católicos (Siglos XIV-XV), Espasa Calpe, Madrid, 1999

-SÁNCHEZ ALBORNOZ, C., La España Musulmana. Según los autores islamitas y cristianos medievales, tomo II, Espasa-Calpe, Madrid, 1973

YARZA LUANZES, J., y BORRÁS GUALIS, G. M., Historia Universal del Arte, v. 4: Bizancio e Islam, Espasa Calpe, Madrid, 2000



MARTÍN, J. L., La Península en la Edad Media, Editorial Teide, Barcelona, 1976, pp. 821-823

Íbidem

HILLGARTH, J. N., Los reinos hispánicos, 1250-1516; 1.-Un equilibrio precario: 1250-1410, Ediciones Grijalbo, Barcelona, 1979, p. 208

GUINOT RODRÍGUEZ, E., La Baja Edad Media en los Siglos XIV-XV. Economía y sociedad, Editorial Síntesis, Madrid, 2003, p. 138

HILLGARTH, J. N., Op. Cit., pp. 214-219

JORDANO BARBUDO, M. A., El mudéjar en Córdoba, Imprenta provincial, Diputación de Córdoba, Córdoba, 2002

Íb.

BORRÁS GUALIS, G. M., El Arte Mudéjar, Instituto de Estudios Turolenses, Zaragoza, 1990, pp. 93-137

Íb. Pp. 105-106





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